El colectivo Creative Commons Uruguay plantea que la cultura circule de una manera “más libre”y con “menos restricciones”. Por eso mismo promueve el uso de licencias libres que posibilitan la copia y la reproducción, a veces con fines de lucro y otras no, dependiendo de lo que el autor defina. En mayo lanzó el portal autores.uy, para sistematizar información que antes estaba dispersa o inaccesible sobre autores y obras intelectuales uruguayas: en ese entonces llevaba incorporadas 5.200 fichas de un total estimado entre 40.000 y 60.000 autores, incluyendo el dominio público y el privado. Ahora la novedad viene por el lado de la música.

El colectivo lanzó el sitio de internet Música Libre Uruguay (www.ladiaria.com.uy/UJR), que busca convertirse en un punto de encuentro y referencia en lo que tiene que ver con los contenidos y novedades vinculados con la escena de la música uruguaya de libre acceso. En la nueva plataforma se incluye un catálogo con más de 100 autores y bandas que eligen compartir sus trabajos con licencias Creative Commons (organización internacional sin fines de lucro que ofrece herramientas legales estandarizadas, que se basan en el derecho de autor y son un espectro desde la postura “todos los derechos reservados”, pasando por una más flexible de “algunos derechos reservados”, hasta, en algunos casos, “sin derechos reservados”, que permiten modificar los términos de la reserva de derechos del modo que mejor se adapte a las necesidades e intereses de los autores, según explica el propio colectivo).

Toda la música del catálogo se puede escuchar y compartir gratuitamente, e incluye artistas o bandas de perfiles muy distintos, como Andrés Stagnaro, Hablan por la Espalda, Genuflexos, Cuatro Pesos de Propina, Pau O'Bianchi, Carmen Sandiego, Julen y la Gente Sola, Vincent Vega o Leandro Dansilio. La organización explica que el concepto de “música libre” se refiere a un ideal y a una práctica menos restrictiva que la reserva tradicional de derechos de autor por parte de los creadores, quienes en este caso permiten la copia, la circulación y la reutilización de sus obras. “La música libre democratiza, así, el acceso y la participación en el arte y en la cultura”, y, en ese sentido, “las licencias Creative Commons son la herramienta legal utilizada por los artistas para compartir su música en internet”, explican. Además, el sitio reseña trabajos y difunde las novedades discográficas uruguayas que cuentan con licencia Creative Commons.

Salvador García, director del sello Vía Láctea Ediciones y encargado del sitio web, dijo a la diaria que hace tres años realizó un relevamiento de las bandas y músicos uruguayos que utilizaban licencias libres o abiertas. Se encontró con más discos de los que esperaba, y le propuso a Creative Commons Uruguay -del que forma parte- inaugurar un espacio en el que se pudiera encontrar todos los trabajos licenciados de esa manera. “Nuestro objetivo es que este sitio se transforme en una herramienta, ya sea para descargar un compilado de temas que puedan utilizarse para musicalizar un evento y asegurarse de que AGADU [Asociación General de Autores del Uruguay] no pueda cobrar derechos por ellos, ya que pertenece a artistas que no son representados por esa asociación, hasta difundir los distintos trabajos, reseñas y compilados”, explicó García. Este movimiento se complementa con el Festival de Música Libre que realizan todos los años durante noviembre, y, más específicamente, durante la Semana de la Música Libre, que incluye cursos, talleres de formación y charlas, además de espectáculos (la información al respecto también se encuentra en el sitio). Según el comunicado oficial, próximamente el proyecto sumará el lanzamiento de una radio online dedicada a la música libre nacional.

El colectivo Creative Commons Uruguay lleva adelante otros proyectos, como la digitalización de libros por medio de hardware libre, una biblioteca digital accesible y el portal autores.uy. En mayo, cuando la diaria habló con el encargado de ese portal, Rodrigo Barbano, éste explicó que la vigente ley de derechos de autor cuenta con una particularidad referente al dominio público pago -que, según precisó, sólo es contemplado por Argentina, Italia y Uruguay-: una vez cumplidos 50 años de la muerte de un creador, quienes quieran usufructuar su obra no deben aportar derechos de autor ni pedir autorización para su uso, aunque sí pagarle al Estado, concibiendo que el dominio público es patrimonio estatal. Pero esto sólo lo cumple el propio Estado, por medio de la Comedia Nacional y el SODRE (ver www.ladiaria.com.uy/UJS), entre otros organismos. “En teoría, el Estado también podría cobrarles a iniciativas privadas, y lo que hace este tipo de legislación es generar un efecto paralizante: si a nosotros nos preocupara el cobro -que es un riesgo real-, no habríamos comenzado a digitalizar obras. De modo que éste y otros proyectos sobreviven bajo la espada de Damocles: un día pueden definir la tarifa por uso de internet y comenzar a formalizar el cobro, lo que volvería inviable la tarea. Por eso es importante contar con un dominio público real”, advertía Barbano.